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Derechos Intransmisibles Por Causa De Muerte

Derechos Intransmisibles Por Causa De Muerte

Los derechos intransmisibles por causa de muerte son aquellos derechos que una persona tiene y que no se pueden heredar cuando fallece. Es decir, estos derechos se extinguen con la persona y no pasan a sus herederos.

¿Qué significa "intransmisible"?

Intransmisible significa que algo no se puede transferir a otra persona. En este caso, se refiere a derechos que no se pueden transferir a los herederos después de la muerte del titular original.

¿Por qué algunos derechos son intransmisibles?

La razón principal es que estos derechos están ligados a la persona en sí, a sus características, cualidades o situaciones personales. Son derechos que solo tienen sentido mientras la persona está viva.

Ejemplos de derechos intransmisibles

Aquí hay algunos ejemplos comunes para entender mejor:

Sucesión por causa de muerte
Sucesión por causa de muerte
  • Derecho al nombre: El derecho a usar un nombre es personal. Cuando alguien fallece, sus herederos no "heredan" el derecho a usar ese nombre en el mismo sentido en que lo hacía el fallecido (para su propia identificación). Aunque el apellido se transmite, el derecho a la identidad personal asociado al nombre completo no.
  • Derechos de la personalidad: Incluyen el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen. Si alguien difama a una persona fallecida, sus herederos pueden iniciar acciones legales, pero no porque "hereden" el derecho al honor dañado, sino porque la difamación afecta su propia reputación familiar.
  • Derechos políticos: El derecho al voto es un derecho estrictamente personal. No se puede transferir a los herederos. Una persona no puede votar en nombre de un familiar fallecido.
  • Pensiones no devengadas: Si una persona fallece antes de cobrar una pensión, generalmente las mensualidades que no cobró no se heredan, aunque en algunos casos existen excepciones para cónyuges o hijos menores.
  • Derechos vitalicios: Son derechos que duran toda la vida de una persona, como el derecho de usufructo vitalicio. Cuando la persona fallece, el derecho se extingue. Por ejemplo, si alguien tiene el derecho de vivir en una casa de por vida, al fallecer, ese derecho no pasa a sus herederos.

¿Qué derechos SÍ se transmiten por herencia?

En contraposición, la mayoría de los derechos patrimoniales (relacionados con bienes y dinero) sí son transmisibles. Por ejemplo, una casa, un coche, dinero en el banco, acciones, etc., pueden ser heredados.

En resumen

Los derechos intransmisibles por causa de muerte son derechos personales que se extinguen con la persona. Están ligados a la individualidad, dignidad o situación personal del individuo y no pueden ser transferidos a sus herederos. Es importante distinguir entre estos derechos y los derechos patrimoniales, que generalmente sí son heredables.

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Sucesión por causa de muerte
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Sucesión por causa de muerte
Andrea Apablaza S. 1 DERECHO CIVIL. Sumario Generalidades Unidad N°1
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