Site Info Site Info

Articulo 177 Bis Del Codigo Penal Del Estado De Mexico

Articulo 177 Bis Del Codigo Penal Del Estado De Mexico

El Artículo 177 Bis del Código Penal del Estado de México castiga la violencia familiar. En pocas palabras, protege a los miembros de una familia contra el maltrato.

¿Qué es Violencia Familiar?

No se trata solo de golpes. La violencia familiar, según este artículo, incluye actos físicos, psicológicos, sexuales o económicos. O sea, cualquier cosa que cause daño o sufrimiento dentro de una relación familiar.

Imagina esto: un esposo que constantemente humilla a su esposa, diciéndole que no sirve para nada. Eso es violencia psicológica. O, un padre que controla todo el dinero y no le da nada a su pareja para mantener a sus hijos. Eso es violencia económica.

¿Quiénes están Protegidos?

El Artículo 177 Bis protege a una amplia gama de personas dentro de la familia. Incluye:

  • Cónyuges (casados legalmente).
  • Concubinos (que viven como pareja sin estar casados).
  • Ascendientes (padres, abuelos).
  • Descendientes (hijos, nietos).
  • Parientes colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, primos).
  • Personas que hayan tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza (ex parejas).

Lo importante es el vínculo familiar o la relación cercana, no solo el parentesco sanguíneo.

Artículo 177 bis del Código Penal Explicado [2024]
Artículo 177 bis del Código Penal Explicado [2024]

¿Qué Pasa si se Comete Violencia Familiar?

El Artículo 177 Bis establece diferentes penas, dependiendo de la gravedad de la violencia. Pueden ser:

  • Prisión: Desde 6 meses hasta 6 años, dependiendo del daño causado.
  • Multa: Sanción económica.
  • Tratamiento psicológico: Tanto para la víctima como para el agresor.
  • Pérdida de derechos: Por ejemplo, la patria potestad sobre los hijos.

Si la violencia resulta en lesiones graves o la muerte, las penas son aún más severas.

Jurisprudencia del artículo 177 del Código Procesal Penal.- Perito de
Jurisprudencia del artículo 177 del Código Procesal Penal.- Perito de

¿Cómo Denunciar?

Es crucial denunciar la violencia familiar. Puedes acudir a:

  • El Ministerio Público.
  • La Fiscalía General de Justicia del Estado de México.
  • Centros de Atención a Víctimas.

La denuncia es confidencial y te ofrece protección. Recuerda, el silencio es el mejor aliado del agresor.

En Resumen...

El Artículo 177 Bis del Código Penal del Estado de México busca proteger a las familias contra la violencia en todas sus formas. No importa si son golpes, insultos, o control económico. Si sufres o conoces a alguien que sufre violencia familiar, ¡denuncia! No estás solo/a.

Gallery

Dr. Jesús Agustín Celorio Vela - ppt descargar
SCJN invalida el Artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México