
En contabilidad, el ISR Retenido por Acreditar sobre Ventas se refiere al Impuesto Sobre la Renta (ISR) que un cliente te retiene al pagarte por tus bienes o servicios, y que tú puedes usar para disminuir el ISR que debes pagar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En pocas palabras, es como una especie de "anticipo" de tu ISR que el cliente paga por ti directamente al SAT. No es dinero que realmente recibes, pero sí reduce tu obligación fiscal.
¿Cómo funciona?
Imagina que eres un diseñador gráfico independiente. Realizas un trabajo para una empresa por $10,000 pesos (antes de IVA). La empresa, al pagarte, está obligada por ley a retenerte un porcentaje de ISR, digamos, el 10%.
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Esto significa que de los $10,000, la empresa te pagará $9,000 (menos el IVA, por ahora simplifiquemos). Los $1,000 restantes (el 10% de ISR) la empresa los declara y paga al SAT a tu nombre. Ese es tu ISR Retenido.
Ahora, este ISR Retenido no es dinero perdido. Es dinero que ya pagaste por adelantado al SAT a través de la retención de tu cliente. Por eso, se llama "por acreditar". Significa que tienes derecho a utilizarlo (acreditarlo) para disminuir el monto de ISR que debas pagar en tu declaración mensual o anual.

¿Cómo lo Acredito?
Cuando presentes tu declaración, deberás informar al SAT sobre los ingresos que obtuviste y el ISR que te retuvieron. El sistema del SAT automáticamente te permitirá restar el ISR Retenido por Acreditar sobre Ventas del total de ISR que te corresponda pagar.
Siguiendo el ejemplo, si después de calcular tus ingresos y deducciones, resulta que debes pagar $2,000 de ISR, podrás restar los $1,000 que ya te retuvieron (ISR Retenido por Acreditar). En este caso, solo tendrías que pagar $1,000 al SAT.

Importancia del Comprobante Fiscal
Es crucial que conserves los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI o facturas) que emitas a tus clientes, ya que en ellos debe constar el monto del ISR Retenido. Sin el CFDI, no podrás acreditar ese ISR retenido ante el SAT.
En resumen:
- ISR Retenido por Acreditar sobre Ventas: Impuesto que te retiene tu cliente al pagarte.
- Funciona como un pago anticipado de tu ISR.
- Lo acreditas (descuentas) en tu declaración mensual o anual.
- Necesitas el CFDI para comprobar la retención.
Entender este concepto te ayudará a llevar una mejor administración de tus finanzas y evitar pagar doble impuesto. Siempre es recomendable consultar a un contador para asesoramiento personalizado.